Primeramente se aclarará lo que es una institución social. Se mencionan a las instituciones como constelaciones de
normas y sistemas de roles, por ejemplo instituciones religiosas, mercados.
Parsons menciona que dentro de las instituciones se pueden distinguir dos
niveles o formas de analizar una misma realidad, que pueden confundirse, estas
serían:
a) Las Instituciones como organizaciones y otras
colectividades de las que tiene sentido decir que uno es miembro, por ejemplo
la Universidad.
b) Las instituciones como constelaciones o complejos de
normas y principios que regulan, por medio de la ley y otros mecanismos de
control social, la acción y las relaciones sociales, por ejemplo en el ámbito
económico el contrato .
Hauriou sostiene que la "institución es una idea de obra o de empresa que se realiza y dura jurídicamente en un medio social; para la realización de esta idea, se organiza un poder, se le procura los órganos necesarios y, por otra parte, entre los miembros del grupo social interesado en la realización de una idea, se producen manifiestaciones de comunión dirigidas por órganos de poder y reglamentadas por procedimientos".
Entonces, se puede definir a las instituciones jurídicas como, un conjunto de normas jurídicas complejas, duraderas relacionadas entre sí que tienen carácter obligatorio que son promulgadas por el Estado y que regulan la actividad del hombre en su específica condición humana. Ej. Las leyes.
Instituciones jurídicas.
Según Savigny, la relación de derecho, la regla jurídica y
la ley, que es su expresión, tienen por base las instituciones cuya naturaleza
orgánica se muestra en el conjunto mismo de sus partes constitutivas y en sus
desenvolvimientos sucesivos. Igualmente nota que cada elemento de la relación
de derecho, es decir, cada relación singular de derecho, se refiere a una
institución que la domina y sirve de tipo, de la misma suerte que cada juicio
está dominado por una regla.
Las instituciones jurídicas constituyen el segundo de los
elementos estructurales, conforme la metodología realista que la ciencia del
derecho debe estudiar.
Según dice el Dr. Rafael Caldera:
"Las instituciones jurídicas, son reglas de conductas obligatorias y duraderas, que regulan la actividad del hombre en su específica condición humana, que tienen una finalidad colectiva, la cual es la conservación y perfeccionamiento del orden social, la seguridad y bienestar de los ciudadanos, y que tienen la particularidad de ser coercibles para lo cual requieren haber sido promulgadas por la autoridad".
Características de las Instituciones Jurídicas.
Las
instituciones jurídicas como
toda institución social participa en
todas las características de
las instituciones sociales pero
además tienen características especificas que
nos permiten diferenciar
una institución jurídica de
una institución social estas
características son:
a) La coercibilidad:
Es la posibilidad lógica de que se cumpla la norma jurídica aun en contra del
sujeto obligado.
b) La sanción jurídica: Consecuencia negativa del
incumplimiento de la ley.
c) La coacción: Es el cumplimiento forzoso de la sanción
jurídica.
d) Bilateralidad: significa
que en toda
norma jurídica vamos
a encontrar dos
sujetos: el sujeto que tiene
la obligación de cumplir
con lo pautado por
la norma y
el sujeto que tiene
el derecho de
exigir el cumplimiento
de lo pautado por
la norma.
Son impero-
atributiva imponen deberes
correlativo de derecho, es
decir imponen deberes y
conceden derechos.
e) Son obligatorias:
son de cumplimiento obligatorio la
violación de una
norma jurídica impone
una sanción jurídica.
f) Son
promulgadas por el
Estado: a través
de sus órganos,
ya que para
una norma jurídica
obtenga validez formal debe
ser establecida por la
actividad competente siguiendo el
procedimiento pautado por el ordenamiento jurídico.
BUENAS NOCHES POR FAVOR DAR UNA REFERENCIA BIBLIOGRAFICA
ResponderEliminarMuy buena información, pero adjuntar referencias bibliográficas por favor.
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